¿Cuáles son los requisitos para la transcipción de una Homologación de Sentencia dictada en el extranjero?

Para poder asentar la homologación de una sentencia dictada en el extranjero, es necesario que sean depositados en esta Consultoría Jurídica, los siguientes documentos:
 
1. Instancia de solicitud del interesado, dirigido al Presidente de la Junta Central Electoral, vía Consultoría Jurídica debiendo consignarse en la solicitud de la oficialía del estado civil de su domicilio.

2. Sentencia de homologación, original registrada.

3.
Sentencia dictada por el tribunal extranjero, la cual debe reunir los siguientes requisitos:
 
a) Que emane de un tribunal competente en el orden internacional.
b) Que haya adquirido la autoridad de la cosa juzgada en el estado en que ha sido dictada.
c) Que contenga las condiciones de autenticidad exigidas por la ley nacional, como son:
 
* La Sentencia deben estar Legalizadas Conforme La Convención De La Haya Del 5 De Octubre De 1961 (Apostille).
 
* Si se trata de un país que no pertenezca al convenio de la Haya se debe hacer una certificación de la sentencia por ante el consulado dominicano de los documentos extranjeros a hacer valer en el país; luego se legaliza la firma del cónsul ante la cancillería dominicana.
 
 
* Si la sentencia esta en otro idioma, debe ser traducida al idioma español por un traductor legal, luego legalizar la firma del traductor en la Procuraduría General de la República.

4. Depósito de cualquier otro documento que hizo valer en la solicitud de homologación.


LE INFORMAREMOS ANTE CUALQUIER IRREGULARIDAD QUE SE PRESENTE CON LOS DOCUMENTOS DEPOSITADOS.

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