1. Oficio del oficial del estado civil dirigido al presidente de la Junta Central Electoral, vía Consultaría Jurídica. 2. Fotocopia de trozo de folio o índice. 3. Extracto de acta de matrimonio. 4. Declaración jurada. 5. Acta de matrimonio de la parroquia (si es canónico). 6. Fotocopia de documento de identidad (cedula o pasaporte).
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