1. Original del acta levantada en el extranjero, con la debida apostilla o los casos que se trate de países que no estén en el convenio de apostilla de la Haya debe estar legalizada por el consulado dominicano del país que la expide (la firma de ese cónsul debe legalizarla por Cancillería de la República Dominicana)
2. Si el acta estuviere redactada en un idioma diferente al castellano, deberá ser traducida por un interprete judicial dominicano y legalizada por la Procuraduría General de la República (si la traducción se hace en un Consulado Dominicano debe pasar por Cancillería de la República Dominicana para legalizar la firma del cónsul)
Nota: La traducción debe tener todos los datos del documento traducido, no se pueden omitir datos del documento, como también no poner datos que no estén en el mismo.
3. Documento de identidad dominicana, fotocopia de la cédula de identidad, pasaporte o acta de nacimiento del padre o madre dominicano (a), si uno de los padres es dominicano (a).
Si es un procedimiento de transcripción de acta de matrimonio o transcripción de acta de divorcio, depositar uno de estos documentos: fotocopia de cédula, acta de nacimiento o pasaporte dominicano de una de las partes que sea dominicana.
Transcripción de acta de defunción: aportar un documento de identidad dominicana perteneciente al fallecido que demuestre que es dominicano, tales como: fotocopia de la cédula de identidad, pasaporte o acta de nacimiento.
4. Al momento de depositar en Consultoría Jurídica debe llenar el formulario que le darán para esos fines .
5. Tasa a pagar para el deposito del documento:
Normal » RD$2,000
VIP » RD$ RD$ 4,000 (cuatro mil) pesos ( RD$ 2,000 corresponden al pago del proceso y los otros RD$ 2,000 corresponde al pago del servicio VIP de Jurídica)
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