1. Instancia dirigida a la Junta Central Electoral, vía Consultaría Jurídica; 2. Sentencia registrada del tribunal correspondiente; 3. Documentación depositada por ante el tribunal que conoció la demanda, (actas, certificaciones, etc.); 4. Notificación de la sentencia a la parte demandada; 5. Certificación de no apelación expedida por la corte de apelación correspondiente o acto de aquiescencia; 6. Cualquier otro documento que contribuya a edificar a la Junta Central Electoral sobre el caso.
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