¿Cuál es el procedimiento para registrar una defunción?

Las Oficialías del Estado Civil tienen a su cargo el registro de las defunciones.

El Acta de Defunción se asienta en los Libros-Registros destinados a esos fines y puede ser hecha por cualquier pariente del difunto o cualquier otra persona que esté en condiciones de aportar datos más o menos exactos de su estado civil.

Las defunciones que ocurren en las jurisdicciones correspondientes a las Oficialías del Estado Civil de la Primera, Segunda, Tercera, Cuarta y Sexta Circunscripciones del Distrito Nacional son instrumentadas por la Delegación de Oficialía de Estado Civil, que tiene a su cargo exclusivamente estos registros.

 

Puede comunicarse con la Delegación de Defunciones al 809-686-8678