Acción contra decisiones y/o actividades de naturaleza electoral, al proceso electoral o a sus resultados, cuyos casos, causas, procedimientos y plazos para conocimiento y decisión están contenidos en la ley. Las acciones de impugnaciones pueden ser incoadas en los casos previstos por la ley, por ante las Juntas Electorales, la Junta Central Electoral y el Tribunal Superior Electoral, según corresponda.