Cuota Femenina

Es la reserva mínima asignada a las mujeres en la composición de las nominaciones y propuestas para los cargos de diputados, regidores, suplentes de regidores y vocales. Tiene como objetivo garantizar que los partidos políticos presenten en su propuesta de candidaturas en las elecciones congresuales y municipales, los porcentajes estipulados para permitirles a las mujeres participar y acceder a cargos electivos, ubicando estas candidaturas en lugares alternos con respecto a los hombres. En el caso de los diputados, regidores, suplentes y vocales, la cuota debe ser no menos del 33% de los cargos a cubrir y un 50% en el caso de los alcaldes y vicealcaldes.