Certificados de Elección

Es la constancia que se expide y entrega a todo candidato(a) que resulte electo(a). Es expedido por la Junta Central Electoral si se trata de cargos de Presidente, Vicepresidente, Senadores y Diputados y por las Juntas Electorales y del Distrito Nacional cuando se trate de los cargos de alcaldes, vicealcaldes, regidores y suplente de regidores, directores, subdirectores y vocales. Estos certificados deberán contener el nombre, número de cédula, cargo para el que fue electo(a) la persona y el partido o alianza de partidos que sustentó la candidatura, estar debidamente firmados y sellados, y ser entregados personalmente. Serán emitidos en original para el/la candidata(a) electo(a) y duplicado para ser remitidos a los presidentes del Senado y la Cámara de Diputados, y de las alcaldías correspondientes de acuerdo a la Ley Electoral.