Boletas Nulas

Son aquellas que no cumplen con los requisitos establecidos por la ley, como son: la ausencia de la firma del presidente del colegio electoral y/o el sello del colegio; las que tengan enmiendas, tachaduras, nombres o palabras o cualquier otro agregado; las que no correspondan a las autorizadas por la Junta Central Electoral; las que no estén marcadas en ningún partido o candidato; las que sean mostradas por los electores una vez marcadas.