¿Cuáles son los requisitos que la iglesia, de religion diferente a la católica, debe pedir a los contrayentes para realizar el matrimonio?

DOCUMENTOS A REQUERIR A LOS FUTUROS CONTRAYENTES  PARA CELEBRAR EL MATRIMONIO.
 

El matrimonio religioso es aquel que se contrae de acuerdo a las normas establecidas en la Ley 198-11, de fecha 3 de agosto de 2011, que regula los matrimonios religiosos y sus efectos en la República Dominicana.


El artículo 159 de la Ley 4-23 indica que los requisitos para la transcripción de los matrimonios religiosos son los siguientes:


  1. Fotocopias de las cédulas de identidad y electoral de los contrayentes.

  2. Acta de nacimiento de los contrayentes.

  3. Dos (2) testigos, por lo menos, con sus respectivas cédulas de identidad y electoral o pasaportes vigentes, en caso de extranjeros

  4. Si uno o ambos contrayentes fueren viudos, deberá aportarse acta de defunción del cónyuge fallecido.

  5. Si tiene hijos en común, los contrayentes deben aportar sus actas de nacimiento, en la cual se consigne la filiación paterna.

  6. En el caso de los extranjeros, acta de nacimiento, pasaporte, constancia de soltería instrumentada en el país de origen. Si el documento no está escrito en castellano, debe ser traducido y legalizado por ante las autoridades dominicanas competentes.


Los documentos que provienen del extranjero deben estar apostillados por la autoridad competente del país de origen, de conformidad con el Convenio de La Haya de fecha 05 de octubre de 1961, y en aquellos países que no formen parte de dicho convenio deberán estar certificados por la autoridad consular dominicana acreditada del lugar donde fueron expedidos y legalizada por al MIREX.